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Publicación del Foro de Reflexión sobre la Realidad Salvadoreña – FORES–

No. 11, mayo - agosto, 2025   Revista cuatrimestral. San Salvador, El Salvador, Centroamérica

Sistema legal de protección del medio ambiente en El Salvador y su impacto en el desarrollo sostenible

 

Legal system for environmental protection in El Salvador and its impact on sustainable development

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Obed Nehemías Castro Gómez[44],

Universidad de Oriente

Docente e investigador.

obed.castro@univo.edu.sv 

https://orcid.org/0009-0007-1105-2200

 

Recibido:   07/01/2025

Aprobado: 17/03/2025

 

 

Resumen

 

El sistema legal que protege al medio ambiente en El Salvador está sustentado en primer lugar en la constitución de la república en su artículo 117 que establece que es deber del Estar proteger los recursos naturales y la diversidad que se encuentra en el mismo, con la finalidad de garantizar el desarrollo sostenible, que consiste en aprovechar los recursos que ofrece el medio ambiente para satisfacer las necesidades presentes, pero sin afectar el máximo aprovechamiento de dichos recursos en las generaciones futuras, abarcando las areas económicas, ambientales, sociales, culturales y políticas. Es por ello que El Salvador en aras de proteger los recursos naturales la asamblea constituyente tomó a bien establecerlo en la carta magna a tal grado de hacerlo vinculante para toda la sociedad salvadoreña y por ende da el origen ideológico programático para que dicha temática pueda ser desarrollada a plenitud a través de una ley secundaria y su respectivo reglamento, con el propósito de garantizar que se respete la convivencia en el medio ambiente y de esta manera preservarlo por un largo período de tiempo, regulando conductas lesivas a los ecosistemas y que pongan en peligro la vida de todos los seres vivos que la habitan.

Palabras clave: Medio ambiente natural, Recursos naturales, Ecosistema, Conservación ambiental, Derecho a la calidad ambiental

 

Abstract

The legal system that protects the environment in El Salvador is primarily based on the Constitution of the Republic, specifically article 117, which establishes that it is the duty of the State to protect natural resources and the diversity found within them, in order to guarantee sustainable development. This development consists of utilizing the resources offered by the environment to meet present needs without compromising the maximum utilization of those resources for future generations, encompassing economic, environmental, social, cultural, and political areas. Therefore, in order to protect natural resources, the Constituent Assembly deemed it appropriate to establish this in the Constitution to such an extent that it becomes binding for all Salvadoran society, thus providing the ideological and programmatic basis for this issue to be fully developed through secondary legislation and its corresponding regulations. The aim is to ensure respect for coexistence in the environment and to preserve it for a long period, regulating harmful behaviors towards ecosystems and those that endanger the lives of all living beings that inhabit it, prioritizing the integrity of individuals.

Keywords: Natural environment, Natural resources, Ecosystem, Environmental conservation, Right to environmental quality, Right to environmental quality

 

INTRODUCCIÓN

La importancia de proteger el medio ambiente es crucial para el desarrollo de las sociedades a nivel mundial, y El Salvador está muy comprometido con esta temática, puesto que establece desde la constitución de la república el deber del Estado de proteger los recursos naturales, siendo esta la norma jerárquicamente superior y de la cual depende todo el sistema jurídico interno del país, así como también los tratados internacionales que suscriba El Salvador con otros Estados u organismos deben apegarse a lo estipulado en la misma, pues existen diversos organismos que se enfocan directamente en los delitos producidos contra el medio amiente y se crea una necesidad de protegerlo por la mala actuación del ser humano (Arenal Lora, 2021).

Por ello se realizará un recorrido en la legislación salvadoreña referida a la protección del medio ambiente, abarcando las creaciones de entidades encargadas de velar por el respeto a la naturaleza y a que la sociedad se rija en el marco legal, para evitar que generen acciones que atenten de manera directa o indirecta en la salud y la estabilidad de las personas, pues al ocasionar daño al medio ambiente de esa misma forma se le hace a la sociedad; por lo que para evitar conductas lesivas al mismo se deben establecer delitos y las penas que se les debe imponer a aquellos que incurran en el cometimiento de alguno que esté tipificado en una ley correspondiente, en el caso de El Salvador es el código penal ( Arroyo Alfonso, 2018).

Por otra parte se hace referencia al desarrollo sostenible y a la importancia en hacer que este se lleve a cabo para beneficio de toda la humanidad, y aunque este es un concepto que ha emergido con más popularidad recientemente, es algo que ha estado en la mente de algunas personas desde hace décadas como lo es en 1970, no obstante a pesar de tener bastante tiempo resonando en nuestro medio, es muy poco el avance que se ha tenido en materia de mejoramiento del medio ambiente, pues en lugar de establecer medidas radicales para superar las fallas se crean mecanismos flexibles que favorezcan a algunas pocas personas, sin importar en bien común de toda la sociedad en general (De Jesús Dávila, 2021).

                             I.    DESARROLLO

El medio ambiente es un tema del cual hoy en día se habla muy a menudo, no obstante al perecer en base a los detrimentos que se ocasionan al mismo no es algo que se le de la importancia debida, puesto que se continúan realizando actos que lo deterioran cada vez mas a través de construcciones, talas de árboles masivas, contaminación de ríos, el aire y todo lo que conlleva el medio ambiente, sin reparar en las consecuencias que todo este tipo de acciones nos traerán a futuro o a las generaciones venideras, pues el cambio climático es algo progresivo y si no se realizan acciones preventivas en este momento en un tiempo cercano se estarán sufriendo las consecuencias.

Es por ello que es sumamente importante tener un marco regulador de conductas y mayormente que vaya dirigido a la protección del medio ambiente, pues es un espacio donde nos desenvolvemos a diario y al cual podemos acceder para satisfacer nuestras necesidades, y aun así lo seguimos dañando sin ningún reparo por lo que se deben implementar medidas más drásticas para aquellas personas que causen daño ambiental, no solamente pedidas que conlleven un resarcimiento económico o una pena privativa de libertad, sino más bien que conlleve implícitamente una forma re reparar el daño ocasionado para lograr a su vez una conciencia social y se comprenda la importancia de cuidar y preservar el medioambiente, inculcando esa cultura a través de políticas públicas (Ramírez Guzmán , 2022).

Algo muy importante a destacar es la magnitud que este tema tiene, puesto que no es únicamente su aplicación en las fronteras de El Salvador, sino que es algo que afecta en gran medida a todo el mundo, por ello es indispensable que cada uno de los países que tienen su propia autonomía, en la que existe un poder político y división de poderes y que tenga la soberanía necesaria para implementar mecanismos tendientes a prevenir la degradación ambiental, a tal punto de frenar todo tipo de contaminación que afecte el pleno y correcto desarrollo de los ecosistemas, sean estos acuáticos o terrestres, pues en ambos hay vida lo cual es vital preservarla, además de abarcar derechos humanos como el de la salud y a vivir en un ambiente limpio y libre de contaminaciones; y para ello se pueden tomar modelos implementados en otros países e incluso ampararse en normas internacionales que tengan una incidencia positiva en nuestro medio para lograr establecer un balance entre lo interno y externo y lograr la consecución del bien común (Galdamez Zelada, 2020).

Desde el punto de vista del derecho internacional, se destaca que El Salvador regula en su sección correspondiente a los tratados abarcando los artículos 144 al 149 donde establece los parámetros bajo los cuales el Estado se puede someter o ser parte de convenios con otros países, incluyendo aquellos referidos en la protección del medio ambiente, que es el tema que nos ocupa, y de ahí el devenir de la aplicación interna en el país de normativas a las que el Estado es parte, sometiéndose tanto a los beneficios como también a las penas que contemplan las diferentes normas en caso de que exista grave vulneración a los derechos de las personas a causa de actos que deterioren el medio ambiente.

Sin embargo a pesar que existe una ley que regule el actual tanto de la población como de organismos que se dediquen de una forma u otra a industrias ya sea de construcción o fabricación de artículos para uso o consumo, si no existe una debida aplicación de las sanciones que la misma establece, se crea una conducta estática por parte de la sociedad, en la que independientemente lo que haga o deje de hacer de cierta manera saben que tienen una ruta de escape, de ahí la preocupación de algunos pues aunque hayan organismos que velen por la mejora del medio ambiente y que incentiven sobre la consecución de políticas tendientes a frenar el deterioro de la capa de ozono, el calentamiento global, la extinción de especies animales y otras, pero si no hay una concientización ciudadana y un régimen aplicador de sanciones, siempre se tendrá la problemática de impacto ambiental negativo, muchas veces potenciado por malas administraciones de aquellos que ostentan el poder y la posibilidad de poner fin a conductas lesivas (Elizalde Carranza, 2007).

A continuación se realizará un recorrido directamente de la legislación salvadoreña en cuanto a la protección y conservación del medio ambiente, las cuales han tenido su origen mediante iniciativas de leyes, decretos y otro tipo de acuerdos entre instituciones para la elaboración de planes y de políticas públicas, aprobadas a través de las unidades competentes de ministerios involucrados como el de medio ambiente, así como también mediante la aprobación de la Asamblea Legislativa de El Salvador, en conjunto con el órgano ejecutivo, de quien devienen los ministerios y unidades encargadas de velar por la protección de la ecología; partiendo del mandato constitucional que se mencionó al inicio en el que El Salvador se compromete a velar por la protección del medio ambiente con la finalidad de lograr un adecuado desarrollo sostenible; por lo que el análisis legal se basa en lo siguiente:

A raíz de mandato constitucional, se crea el Ministerio de Medio ambiente y Recursos Naturales el 19 de mayo de 1997, constituyéndose como la entidad encargada de regir la gestión ambiental y fomentar la cultura de protección y restauración del medio ambiente para reducir los riesgos socioambientales. Además de lo anterior dicha entidad se encarga de supervisar el fiel cumplimiento por parte de la sociedad de los mandatos imperativos establecidos en la legislación correspondiente, partiendo de la constitución hasta las leyes secundarias que regulan todo lo relativo a la conservación del medio ambiente y la implementación de políticas para el desarrollo sostenible. Por lo que el ministerio forma una labor muy importante preservadora, conservadora, reguladora y aplicador de sanciones en los casos previsto por la ley correspondiente (Organo ejecutivo de El Salvador, 1997).

Posteriormente surge una iniciativa de ley, en la cual se desarrollaría ampliamente los derechos y deberes de los ciudadanos, contemplando enfáticamente limitantes de conductas lesivas para el medio ambiente, además estableciendo penas por el cometimiento de delitos en contra del medio ambiente y se trata específicamente de la Ley de Medio ambiente, la cual entró en vigencia el 12 de marzo de 1998 en la que se detallan principios normativos encaminados a lograr un mejor equilibrio ambiental, así como también indica las pautas programáticas a desarrollar tanto en la ley como en reglamentos y políticas que tienen como propósito lograr mantener la unión y participación ciudadana para el cuidado y protección del medio ambiente, además regula la creación de instituciones cuya función radica en el cuido del medio ambiente y proponer pautas innovadoras de preservación (Asamblea Legislativa de El Salvador, 1998).

Además de la Ley de Medio Ambiente como norma reguladora de la actuación humana respecto al medio ambiente, también se creó el Reglamento de la Ley de Medio Ambiente, el 03 de marzo del 2000 en el que se desarrollan los parámetros establecidos en la ley que le da origen, detallando el actuar de los diferentes organismos como el Sistema Nacional de Gestión del Medio Ambiente (SINAMA) que se integra por el ministerio, unidades ambientales de cada ministerio, instituciones autónomas y municipales. Este sistema se encarga de velar por el correcto funcionamiento de los objetivos de gestión ambiental que se refiere al desarrollo del país, así como también cumple con otras funciones como la implementación de programas que integren a la comunidad en temas medioambientales, fomentando valores y cultura de protección al medio ambiente, además creando conciencia sobre la importancia de tener un medio ambiente sano y apto para nuestro convivir (Organo Ejecutivo de El Salvador, 2000).

Otro paso muy importante en relación al cuidado del medio ambiente se dio el 22/05/2014, mediante el decreto Legislativo N° 684 donde se crearon los juzgados y cámara de medio ambiente, que se encargaría cada uno según su jurisdicción en conocer de los delitos ambientales y de incidencia ambiental, distribuidos estratégicamente en el territorio nacional, encargados de conocer y resolver las acciones civiles por delitos ocasionados contra el medio ambiente, tomando como base la legislación ambiental pertinente, bien sea interna o externa (como tratados internacionales) de los cuales El Salvador sea firmante y por lo tanto dichas disposiciones sean vinculantes (Asamblea Legislativa de El Salvador, 2016).

Posteriormente se activa el Consejo Nacional para el Desarrollo Sostenible (CNDS), el cual mediante acuerdo N° 41 de fecha 13 de octubre del 2020, a iniciativa del presidente de la república se actualizó a las nuevas orientaciones y políticas del plan de gobierno, debido a que se creó originalmente bajo el No. 29, de fecha 16 de mayo de 1997, el cual tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido en la Alianza Centroamericana para el Desarrollo Sostenible y en la AGENDA 2030 respecto al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), de acuerdo a la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Así como también promover el diálogo y la participación, en consulta con la sociedad civil en el análisis de políticas integradoras en los aspectos económicos, sociales y ambientales. Consejo que se encarga de crear y fomentar proyectos innovadores de preservación y protección del medio ambiente, así como también da a conocer a la población los avances en materia medioambiental y su incidencia para alcanzar las metas de los objetivos de desarrollo sostenible (Organo Ejecutivo de El Salvador, 2020).

Las anteriores leyes e instituciones mencionadas fueron directamente elaboradas para regular únicamente el funcionamiento de las instituciones relacionadas al medio ambiente, no obstante para El Salvador este tema es de gran importancia y es por ello que se ha regulado en otras normativas los delitos medio ambientales y las penas para los mismos, tratándose específicamente del código penal, creado el 04 de diciembre de 1996 el cual tiene un apartado directamente para los delitos ambientales denominado: de los delitos relativos a la naturaleza y el medio ambiente contemplados en título X del capítulo II donde especifica de manera clara los diferentes detrimentos a la naturaleza y que son constitutivos de delitos donde se detallan los parámetros para considerarse como tales y se establece una pena como consecuencia del mal actuar de la persona que lo comete (Asamblea Legislativa de El Salvador, 1997).

Es necesario hacer la aclaración que para el caso de los delitos contra el medio ambiente no solamente van dirigidos a la población civil, sino que también a funcionarios o empleados públicos que de una u otra manera en base a su actuar perjudiquen el buen funcionamiento del ambiente, sea que por razón de su cargo autoricen la destrucción del medio ambiente u omitan el actuar teniendo conocimiento de un hecho lesivo ambiental. Así como también las penas para delitos ambientales cuando se trate de cometimiento por persona jurídica pública o privada aumenta la gravedad, es por ello que las penas son más altas por la posibilidad de incurrir en una mayor afectación hacia el medio ambiente y por ende se ponga en peligro la vida de personas, animales terrestres o acuáticos, así como plantas de esa misma condición.

En base a lo anterior se puede observar que si bien es cierto en El Salvador existe legislación ambiental, tomando como base la constitución que es la norma jerárquicamente con más peso y por lo tanto de exigible cumplimiento, no es suficiente que esté dentro del sistema normativo del país dicha legislación, sino que es necesaria la concientización ciudadana en cuanto a temas medio ambientales, inculcado ese hábito de cuidado y correcta utilización de los recursos naturales, que abarca todas las aristas que a ello se refiere, es decir flora, fauna, agua, suelo y aire. Y al lograr una buena concientización ciudadana se iniciará a tener una mejor forma de vida en nuestro medio, debido a que también servirá como base para las futuras generaciones.

Tomando como base la legislación ambiental con la que se cuenta, bajo la cual se protege el medio ambiente y el impacto que la correcta utilización de los recursos repercute en el desarrollo sostenible, entendiéndose este como aquella capacidad de aprovechar al máximo los recursos naturales, sin dañar el medio ambiente y a su vez asegurar un futuro próspero y sustentable a las próximas generaciones, meta que está propuesta para llevarse a cabo con las generaciones que estamos administrando los recursos actualmente, lo que hace sumamente necesaria la aplicación de leyes y que estas sean en cierta medida de aplicación eficaz y de pronta actuación al momento del cometimiento de un delito ambiental y que ponga en peligro el correcto funcionamiento del medio ambiente (Torres López, 2008).

Por lo que es necesario destacar que el correcto aprovechamiento de los recursos influye en una mejor forma de vida en todos los aspectos, pues asegura un buen funcionamiento global, permite la seguridad alimentaria, la elaboración de productos industriales, agrícolas entre otros que son vitales para la supervivencia de los seres vivos, enfocándonos en que la conservación es el requisito para que podamos alcanzar el desarrollo y como consecuencia el aseguramiento de nuestra vida a futuro

Además del tema que se abordaba anteriormente sobre la concientización ciudadana para la protección del medio ambiente, se tiene otra vía concerniente a la recopilación, clasificación y análisis de la legislación ambiental en el entendido que es necesaria la divulgación y socialización con las comunidades acerca de la legislación ambiental que rige nuestro ordenamiento jurídico, a fin de que las personas puedan conocer los alcances y los limites tanto de la ley como de su actuar, con la finalidad primordial de preservar el medio ambiente y evitar todas aquellas actuaciones que perjudiquen al mismo trayendo como consecuencia fenómenos globales que ponen en detrimento nuestro desenvolvimiento medioambiental (Ochante-Ramos et al., 2023).

Ahora bien, posteriormente de haber realizado una remembranza sumamente enriquecedora respecto al sistema normativo que se tiene en El Salvador para la protección del medio ambiente, se hace necesario complementar con el enfoque aunado al tema y es el referido al desarrollo sostenible, del cual se mencionó al principio del presente estudio, entendiéndose este como aquella capacidad que tenemos en usar los recursos naturales de nuestro planeta sin que estos se agoten y que por el contrario puedan permanecer por largos períodos de tiempo, lo que se complementa con el termino de sustentabilidad, que es aquel en el cual se aplícala el uso racional de los recursos, utilizando formas adecuadas para la manipulación de estos y logrando que estos puedan mantenerse por sí solos, no obstante aunque estos términos parecieran ser diferentes, no están aislados, sino que se complementan pues tienen una misma finalidad, y es preservar, conservar y proteger los recursos naturales de nuestro planeta (Santander Universidades, 2022).

De igual manera este tema es acuñado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) pues en el año 2015 se creó la agenda 2030 que es una serie de disposiciones encaminadas a lograr un impacto positivo en el medio ambiente, a través de un número de 17 objetivos denominados de Desarrollo Sostenible, aplicando para el tema que nos ocupa los objetivos siguientes: 6 agua limpia y saneamiento, 7 energía asequible y no contaminada, 13 acción por el clima, 14 vida submarina y 15 vida de ecosistemas terrestres, siendo sumamente importante aplicar lo contenido en los objetivos mencionados y en todos los que engloba la agenda, con el propósito de lograr una restauración en el planeta en todos los sentidos, mejorando los ambientes naturales, sociales, culturales, económicos de manera sostenible (Organización de las Naciones Unidas, 2015).

                          II.    CONCLUSIONES

Se concluye en base a todo lo desarrollado en el presente estudio que es sumamente importante tener un marco jurídico que regule las conductas de las personas en la sociedad y máxime cuando se trata de la protección del medio ambiente, pues es un espacio único en el que nos desenvolvemos día a día y el que nos brinda todas las condiciones necesarias y favorables dependiendo el uso que le demos para poder subsistir y tener un estilo de vida adecuado y digno.

Así mismo que la sola tipificación de una determinada ley o reglamento no basta para la protección del medio ambiente, sino que es sumamente necesario transmitir a la población por parte del gobierno sobre la existencia de la legislación en materia ambiental, para que sepan cuales conductas son constitutivas de faltas o delitos y en base a ello generar conciencia y de cierta manera evitar sanciones, pero lo más importante es la preservación y conservación del medio ambiente.

De igual manera se concluye que es necesaria la educación en materia ambiental desde temprana edad, iniciando en los hogares y escuelas, lo cual es un deber estatal, social y familiar, a fin de crear una cultura de protección medioambiental y de esta manera implementar las metas establecidas en los objetivos de desarrollo sostenible de una manera integral, logrando revertir el daño producido al planeta y además superar todas las malas formas de vida que los malos actos ocasionan.

 

Referencias

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[44] Lic. En Ciencias Jurídicas